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Aborto: ante un inminente debate en el Congreso, ¿cuál es la situación en el mundo?

El Centro de Derechos Reproductivos de la Organización Mundial de la Salud difundió un mapa en el que señala cuál es la situación de cada país del mundo respecto del aborto. Allí se puede ver que en la legislación mundial existen cuatro situaciones diferentes. Por un lado, están aquellos países en los que el aborto […]

El Centro de Derechos Reproductivos de la Organización Mundial de la Salud difundió un mapa en el que señala cuál es la situación de cada país del mundo respecto del aborto.

Allí se puede ver que en la legislación mundial existen cuatro situaciones diferentes. Por un lado, están aquellos países en los que el aborto está completamente prohibido en todos los casos -o solo se admite ante riesgo de vida de la mujer-; le siguen aquellos países en los que está prohibido excepto en casos relativos a la salud mental de la mujer o de riesgo de vida de la misma; luego existen lugares donde además de las excepciones anteriores se agregan motivos socioeconómicos; y, por último, aquellos países donde el aborto es legal.

El estudio realizado por la institución dependiente de la OMSincluye la situación de todos los países del mundo. La situación que predomina es aquella en la que se permite únicamente para salvar la vida de la mujer o está prohibido totalmente. 66 países legislan el aborto de esta manera y entre todos concentran el 25,5% de la población mundial. EN segundo lugar se encuentra el extremo opuesto: los países que no imponen ningún tipo de restricción en cuanto a la razón -donde el aborto es completamente legal-. 61 países tienen esta situación, pero, a diferencia del caso anterior, concentran el 39,5% de la población mundial.

Por su parte, los países que lo permiten para preservar la salud mental de las mujeres son 59, con 13,8% de la población mundial.

La situación a la que menos países adhieren es aquella que contempla las razones socioeconómicas al momento de permitir o no un aborto. Solamente 13 países en todo el mundo están en esta situación, pero tienen mayor cantidad poblacional que el caso anterior (21,3%).

Desde la publicación del mapa mencionado, el único cambio que hubo respecto de este tema sucedió en Chile. Allí, en 2017 se aprobó una ley que indica cuáles son los tres casos específicos donde se permite la práctica de un aborto: riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación.

La mayoría de los países de la región tienen situaciones similares, aunque no en todos los casos coinciden. Brasil, Paraguay y Venezuela adhieren a la postura de la prohibición total del aborto, excepto para preservar la vida de la mujer. No obstante, la situación de Brasil tiene algunas particularidades. Además de la excepción mencionada, la legislación brasileña contempla el aborto en casos de violación sexual, de incesto y en aquellos casos relacionados a factores como la edad de la mujer o la capacidad de asumir la crianza y cuidado de un niño.

Por otro lado, Argentina, Perú, Bolivia, Colombia y Ecuador -y ahora Chile- se ubican en el grupo de países que no permiten el aborto excepto que esté en riesgo la salud de la mujer, es decir, con el objeto de preservar su salud. Desde hace tiempo, diversos sectores sociales se han mostrado a favor del aborto.

Por el contrario, en la mayoría de los países europeos la situación es exactamente opuesta. Con contadas excepciones -Polonia, Irlanda, Irlanda del Norte, Gran Bretaña, Islandia, Finlandia, Mónaco, Andorra, Liechtenstein y San Marino-, en todo el viejo continente el aborto es completamente legal, dado que no se impone ningún tipo de objeción respecto de la razón. Del mismo modo, Estados Unidos y Canadá adhieren a esta postura.

Por su parte, el Gobierno Nacional se pronunció a favor de que el debate por la despenalización del aborto en Argentina llegue al Congreso. Sin embargo, según la agencia de noticias Télam, “el oficialismo rechazará una propuesta para debatir la iniciativa sobre tablas en una sesión especial del 8 de marzo, ya que sostiene que el controvertido proyecto requiere de un amplio y serio tratamiento en las comisiones parlamentarias”.

Es importante recordar que el Código Penal Argentino prevé en su artículo 88 que “será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible”. A su vez, la norma establece las penas que tendrá cada persona que participe de un procedimiento de estas características en cada caso específico.

Este proyecto -elaborado por la “Campaña por el Aborto, Seguro y Gratuito”- se ha presentado cada dos años en los últimos tiempos y se volverá a presentar el próximo 6 de marzo. Nota relacionada

 

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